ESTIMADO HUÉSPED
Bienvenido a Luure Hotel,
Es un honor para nosotros tener la oportunidad de ser su anfitrión durante su visita.
En las próximas páginas Usted encontrará una guía práctica de las facilidades y servicios del hotel, para que su estadía con nosotros sea más grata y placentera. Gracias por preferirnos y reciba una vez más en nombre de todo el personal y el mío propio una
¡Muy cordial Bienvenida!
ATENTAMENTE – GRUPO BEDDO
La hora de registro es a las 15:00 hrs. La hora de salida de habitaciones es 12:00 del día.
Después de esta hora y hasta las 06:00 PM se realizará un cargo de media renta; posterior a 06:00 PM la renta de la habitación se cobrará completa. (a tarifa actualizada publicada en la pagina web)
Nuestras habitaciones cuentan con caja de seguridad, ubicada dentro del closet, donde usted podrá guardar sus valores. El hotel no se hace responsable por extravió o daño de objetos de valor dejados fuera de la caja de seguridad de su habitación.
Para su total comodidad en caso de que requiera dejar por unas horas su equipaje, contamos con servicio del Bell Boy, por favor marque 1005. El servicio del resguardo de equipaje no tiene costo.
Por disposición oficial el hotel es libre de humo, incluso área de terrazas, en caso de fumar o vapear dentro de la habitación, la multa es de $200 USD por día
Llamadas
Llamadas locales y de larga distancia nacional, sin costo marque 1005 para conectarle.
Su habitación tiene acceso directo a internet inalámbrico sin costo. La red está abierta:
Usuario: Luure-Guest
Contraseña: Guest-Luure2025#
Coworking
Nuestra sala de juntas ubicada en el lobby del hotel, cuenta con acceso a internet. Su uso es gratuito para todos nuestros huéspedes las 24 horas del día, reservar en la extensión 1005
Lavandería
Contamos con este servicio diario, por favor solicítelo antes de las 09:00 hrs y se entregará el mismo día por la noche. El domingo y días festivos no hay servicio. La bolsa y la lista de lavandería favor de solicitarla a la recepción, marcar 1005.
Servicio de transportación
Contamos con opción de taxis y transporte ejecutivo que le brinda servicio al hotel las 24 horas del día, conocer costos y reservas favor marque 1005
Lobby-BAR
El lugar ideal para saborear nuestro delicioso desayuno buffet tipo americano y disfrutar de un agradable ambiente en nuestro Lobby-BAR, abierto todos los días de 07:30 a 10:00 hrs. Ext.1005
Si desea una gran variedad de cocteles, aperitivos, cafés, snacks. Lo esperamos todos los días de 11:00 a 22:00 hrs. Ext.1005
EN CASO DE EMERGENCIA
EN CASO DE FUEGO POR FAVOR MARQUE 1005
* Lleve siempre la llave de su habitación, así́ podrá́ regresar a este si es necesario.
* Desaloje la habitación.
* Moje una toalla y protéjase con ella la cara y vías respiratorias.
* Si hay mucho humo, gatee en busca de aire fresco y visibilidad en dirección de las escaleras y áreas despejadas.
EN CASO DE NO PODER SALIR
* Llene el lavabo de agua, moje sabanas, toallas y tape todo orificio por donde pudiese entrar humo.
Marque el número 1005 de la operadora para avisar su punto exacto de ubicación, abra las ventanas sin romperlas; podría necesitar cerrarlas nuevamente.
EN CASO DE SISMO
* Conserve la calma.
* Retírese de ventanas y objetos que puedan caer.
* No use elevadores.
* Ubíquese en zona de seguridad.
Teléfonos de emergencia
CRUZ ROJA — (55) 5557-5757
BOMBEROS — (55) 5395-1111
CRUZ VERDE — (55) 2728-0222
RADIO PATRULLAS — 911
INFORMACIÓN TURISTICA — (55) 3002-6398
AUXILIO TURISTICO — (55) 5250-8221
SEGURO SOCIAL — (55) 5583-9755
SEGURIDAD PÚBLICA — (55) 5242-5100
LOCATEL — (55) 5658-1111
INF. NUMEROS NACIONALES — 040
LARGA DISTANCIA NACIONAL — 020
LARGA DISTANCIA INTERNACIONAL — 090
HORA EXACTA — 030
EMERGENCIAS — 911
POLICÍA PREVENTIVA — (55) 5684-2142
Teléfonos de transportación
AEROMEXICO — (55) 5133-4010
AEROLINEAS ARGENTINAS — (55) 5207-3263
AIR FRANCE — (55) 5571-6150
AMERICAN AIRLINES — (55) 5209-1400
BRITISH AIRWAYS — (55) 5785-8714
CONTINENTAL AIRLINES — (55) 5283-5500
CUBANA DE AVIACION — (55) 5250-6355
IBERIA — (55) 1101-1515
INTERJET — (55) 1102-5555
NORTH AIRLINES — 800266-0049
UNITED AIRLINES — (55) 5627-0222
VOLARIS — (55) 1102-8000
VIVA AEROBUS — (55) 4777-5050
AEROPUERTO INFORMES — (55) 2482-2400
REGLAMENTO DEL HOTEL – Reglamento interno para hospedaje
ART. I.- REGIMEN JURIDICO. – Las relaciones que se produzcan en razón de los servicios de Hospedaje que los clientes o huéspedes de este Establecimiento, se regirán por la Legislación Mercantil y supletoriamente por la Civil aplicable, por la Ley General de Turismo, El Reglamento de la misma, así́ como por la Ley para el Funcionamiento de Establecimientos Mercantiles en el D.F. y la NOM- 010-TUR-2001, vigente. Estas disposiciones se consideran obligatorias, conocidas y aceptadas por el cliente y se aplicaran además los usos y prácticas comunes que rijan sobre la materia en esta plaza.
ART. II.- REGISTRO E IDENTIFICACIÓN DEL HUESPED. El pasajero o huésped tiene la obligación ineludible de registrarse llenando personalmente la tarjeta o libro de Registro de Huéspedes, así como mostrar una identificación oficial. Cuando los huéspedes sean un grupo contratado con anterioridad, su representante llenará las Tarjetas de Registro o entregará listas que reúnan los requisitos. La empresa negará alojamiento al huésped que no cumpla con este requisito y está facultada para exigir si lo estima oportuno, la identificación del solicitante y de las personas que lo acompañan en el hospedaje.
ART. III.- TIEMPO DE HOSPEDAJE. – El pasajero o huésped, de conformidad con la empresa, especificará en la tarjeta de registro el número de días que estará́ hospedado en el hotel. Se considera como unidad de tiempo en el contrato de alojamiento, el tiempo de un día cuya expiración queda fijada a las doce horas, de cada día. Habrá́ tolerancia de 60 minutos.
ART. IV.- OBLIGACIONES DEL HUÉSPED. PAGO DE TARIFA. Es obligación del huésped, liquidar diariamente y por adelantado el servicio de hospedaje o cuando sea requerido por el hotel a juicio de la empresa, el huésped podrá́ garantizar el pago al hotel, mediante la firma de un pagaré (Boucher) de alguna tarjeta de crédito aceptada por el hotel. El huésped que el día de su salida desocupe la habitación después de las 12:00 horas, establecidas en el artículo anterior, queda obligado al pago del precio del hospedaje correspondiente a otro día. La falta de pago por parte del huésped, causa la rescisión del servicio de hospedaje y el hotelero podrá́ hacer uso de la fuerza pública para exigir y llevar a cabo la desocupación de la habitación, pudiendo retener el equipaje en garantía en los términos previstos por el artículo 2669 del Código Civil para el D.F. Mediante levantamiento de un Inventario detallado de las pertenencias del huésped con la firma de dos empleados del hotel. Independientemente de lo anterior, de conformidad a los dispuestos por los artículos 230 y 231, fracción IV del Código Penal vigente, para el D.F.
ART. V OTRAS OBLIGACIONES. – Queda estrictamente prohibidas a los huéspedes:
A) Hacer ruidos molestos, provocar altercados introducir músicos, traer animales y en general, cualquier acto que perturbe o incomode a los demás huéspedes.
B) Utilizar las habitaciones para juegos de azar prohibidos por la ley o celebrar reuniones que tengan por objeto alterar el orden público o desobedecer las Leyes o Reglamentos vigentes.
C) Usar la corriente eléctrica y los equipos mecánicos instalados en su habitación para otros fines que no sean a los que están destinados.
D) Deteriorar el mobiliario, la decoración o bienes de la negociación, dándoles un destino impropio al de su servicio.
E) Ejecutar cualquier acto que ocasione danos o perjuicios al hotel o a los demás huéspedes, o sea contrario al decoro o al comportamiento social. La empresa se reserva el derecho de dar por terminado el servicio de hospedaje, cuando se infrinjan las prohibiciones señaladas, sin que el huésped causante de ellas tenga derecho a reducción alguna en su adeudo por el hospedaje o servicios recibidos, quedando obligado además al pago o indemnización de los danos o perjuicios que cause su proceder.
F) De acuerdo a la publicación de la Ley de Protección a la Salud de los no fumadores en el Distrito Federal, dentro de las instalaciones de este establecimiento. De acuerdo a las disposiciones señaladas como medidas de higiene para la prevención del COVID-19 se deberá́ seguir el protocolo de higiene del hotel y de no hacerlo, podrá́ ser remitido a las autoridades por delito de Peligro de Contagio según el artículo 252 del Código Penal para el Edo. De México. ESTA ESTRICTAMENTE PROHIBIDO FUMAR, en caso de hacerlo la multa es de $200 USD por día.
ART. VI. – Si la llave del cuarto es Tarjeta Electrónica, el huésped se hará́ responsable de la misma. No podrán alojar en sus habitaciones a personas diferentes de las registradas y en todo caso, darán aviso previo en la administración de cualquier variación en el número e identificación de las personas que originalmente se registraron. En ningún caso, el número de personas alojadas en cada habitación podrá́ ser mayor de capacidad asignada por la empresa a cada cuarto.
ART. VII.- Es obligación de los huéspedes informar a la administración del hotel de padecimientos o enfermedades contagiosas, fallecimiento, infracciones o delitos que acontezcan en el establecimiento y sean de su conocimiento a fin de que la empresa pueda a su vez tomar las medidas oportunas y dar cuenta inmediatamente a la autoridad cuando proceda.
ART. VIII.- OBLIGACIONES DEL HOTEL. Esta negociación en la prestación de sus servicios de hospedaje, se compromete al cumplimiento de los expresamente pactados, de acuerdo con la naturaleza del alojamiento y las reglas apegadas al uso y a la práctica existente en esta plaza y a lo que ordenen las leyes y Reglamentos aplicables.
ART. IX.- RESPONSABILIDADES DEL HOTEL. La negociación responde únicamente como depositaria de los valores, dinero, alhajas y demás bienes que los huéspedes constituyan en depósito en la administración del hotel y sean recibidos en tal concepto por el personal de la negociación, autorizando al efecto y se haya otorgado por escrito el recibo correspondiente. Y en su caso se hayan guardado en la caja de seguridad. En ningún caso se deberá́ entregar los valores a persona diferente al depositante.
ART. X.- A fin de dar cumplimiento a lo previsto por la Norma Oficiaron O7 TUR 2002, Le notificamos que le hotel cuenta con un Seguro de Responsabilidad Civil vigente, que cubre danos a terceros en relación a su bienes y personas.
ART. XI.- DISPOSICIONES VARIAS. – La empresa no autoriza el acceso a las habitaciones ocupadas por los huéspedes de ninguna persona que no haya sido previa y expresamente autorizada por el cliente en todo caso, se reserva el derecho de no permitir en la habitación visitas de otras personas.
Las personas que ostenten la representación de la empresa del hotel o presten los servicios inherentes al hospedaje, tendrán libre acceso a los cuartos ocupados por los clientes. Las visitas, registros, inspecciones y demás tramites que dentro de las habitaciones pretenden realizar las autoridades en el cumplimiento de sus funciones, se llevaran a efecto con el más estricto apego a las garantías constitucionales. Los niños no deberán salir solos de la habitación ni circular por los pasillos o áreas y servicios públicos del hotel, si no van acompañadas por una persona adulta. En el establecimiento se han tomado medidas de seguridad para la prevención de incendios o siniestros.
El hotel no se hace responsable por el servicio y precio de los servicios prestados por distintos a los relacionados con el servicio de hotel como son: Taxis, Servicio Médico, Guías de Turistas y en general toda aquella persona que no esté́ en nómina. La persona que desee ausentarse temporalmente del establecimiento y retener a su disposición la habitación alquilada deberá́ cubrir por anticipado el monto del alquiler por todo el tiempo de su ausencia, cumplido el plazo no haciéndose el nuevo pago, el Administrador procederá́ conforme los artículos III y IV del Presente Reglamento. Cuando los huéspedes se ausenten por más de 72 horas, sin previo aviso a la administración podrá́ la negociación dar por suspendido o rescindido el contrato de hospedaje según el caso, y proceder a recoger el equipaje conforme se previene en el siguiente artículo, salvo en el caso de que el valor real del equipaje del huésped, no garantice el importe de la cuenta. En esta circunstancia se podrá́ rescindir o suspende el hospedaje con la ausencia del huésped por más de 24 horas.
ART. XII.- EL EQUIPAJE COMO GARANTIA. – El equipaje y demás bienes que introduzcan los huéspedes en el establecimiento se consideraran propiedad de la persona que efectúe el registro y podrán responder preferentemente de todos los adeudos que, por concepto de hospedaje, servicios complementarios y otros consumos causen las personas comprendidas en el registro respectivo, si son aceptados en su oportunidad por el hotel. Todos estos bienes podrán ser retenidos en calidad de prenda por la negociación conforme al principio citado en el Articulo IV de esta Reglamento y en su oportunidad ejecutar la prenda, pasadas 30 días de la fecha en que se debió́ haber pagado la cuenta, mediante la venta del equipaje por conducto de un Corredor Público autorizado.
ARTÍCULOS COMPLEMENTARIOS
RESERVACIONES. – Constituye la “reservación de Cuarto”, un contrato preparatorio del hospedaje que se perfecciona cuando la negociación acepta y confirma por escrito la solicitud del huésped y este ratifica su petición cumpliendo las obligaciones que le fueron fijadas. Salvo pacto diverso, se entiende como requisitos necesarios para el perfeccionamiento del acto de reservación, el depósito por adelantado del importe del alojamiento solicitado con la anticipación y en las condiciones que establezca el hotel. Cuando el depósito que garantiza la reservación se hace remitiendo giro postal, telegráfico, bancario o cualquier otra forma de remesa, se condiciona la aceptación del depósito al hecho de quedar alojamientos disponibles en la negociación en el mismo momento que esta reciba dicho deposito. La Empresa quedará en libertad de asignarlas a otros clientes. Si por causas ajenas a la empresa del hotel está en la imposibilidad de atender la reservación del huésped, tratará de lograr alojamiento para el solicitante en cualquier otra empresa hotelera de análoga categoría.
CANCELACIONES. – El solicitante que cancele su reservación de tipo individual, tiene derecho a que le sea devuelto el importe del depósito que hubiere hecho cuando la cancelación llegue al conocimiento de la empresa del hotel con 24 horas de anticipación a la fecha comprometida. El solicitante que no hiciere uso del alojamiento en la fecha reservada, o no hiciera llegar a la empresa su cancelación con 24 horas de anticipación como mínimo, perderá́ en principio el importe de su depósito, salvo que, por consideraciones de equidad, la negociación estimara en una menor cuantía los perjuicios sufridos. Para los casos de reservaciones de cinco o más habitaciones se efectuará un contrato entre ambas partes que cubra perfectamente cualquier eventualidad.